El departamento de Economía, Planificación y Empleo, a través del Inaem, ha abierto una nueva convocatoria del programa de Acuerdos de Formación con Compromiso de Contratación, con un presupuesto de 875.000 euros, a la que podrán acceder empresas y entidades para formar a futuros trabajadores a medida de sus necesidades a cambio de comprometerse a contratar, al menos, a la mitad de los participantes en esa formación a la carta.
En el primer semestre de este año esta línea de subvenciones ha permitido poner en marcha siete acuerdos de este tipo con cinco empresas diferentes a las que el Inaem ha concedido un total de 413.931 euros, informa el Gobierno de Aragón en una nota de prensa.
En estos procesos formativos participan 263 personas desempleadas quienes además de mejorar su cualificación, la mayoría serán contratadas por las compañías aragonesas que han rubricado estos acuerdos.
A través de estas subvenciones, que las empresas y entidades pueden solicitar hasta el 30 de noviembre, el Inaem financia procesos formativos a la carta dirigidos a personas sin empleo.
La posterior contratación de los nuevos trabajadores formados deberá suponer un aumento de plantilla, por lo que no son subvencionables sustituciones del personal fijo, ni bajas de personas trabajadoras debidas a la voluntad del empresario o empleador, excepto en los casos de relevo generacional de la plantilla, siempre y cuando quienes accedan al empleo a través de este programa lo hagan en la misma modalidad contractual y esté amparado por un acuerdo con los trabajadores que se sustituyan o con su representación legal.
Para facilitar la ejecución de actuaciones con alto contenido social e inclusivo, en los casos en los que la acción formativa se dirija en su totalidad a personas con discapacidad o en riesgo de exclusión, el porcentaje mínimo de contratación es del 40 %, independientemente de la modalidad del contrato de trabajo.
En los casos en los que las personas a contratar formen parte de un programa de integración social y laboral de personas con discapacidad, puede admitirse la sustitución del compromiso inicial de contratación de una empresa por el suscrito con otra distinta que mejore las condiciones.