El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) saluda la aprobación hoy por el Consejo de Ministros, a propuesta de la Ministra de Trabajo y Economía Social, de real decreto-Ley que deroga el artículo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores, precepto que regulaba la modalidad de despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo.
La disposición legal ahora cancelada permitía la extinción por causas objetivas de la relación laboral, autorizando al empresario a despedir, cuando el trabajador acumulaba una serie de faltas de asistencia, determinadas según varios parámetros.
Esta regulación, como había denunciado el CERMI, exponía y perjudicaba más intensamente a los trabajadores con discapacidad que por esta razón o a causa de la misma, podían necesitar mayor atención de salud, seguimientos médicos más continuos, o dedicar más tiempo a asistencia a terapias o sesiones de rehabilitación o para recibir apoyos psicológicos o psicosociales.
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https://www.cermiaragon.es/noticias/2038-el-cermi-saluda-la-derogacion-del-despido-objetivo-por-faltas-de-asistencia-que-castigaba-mas-intensamente-a-los-trabajadores-con-discapacidad