Ayudas para familias sin recursos y con hijos menores a su cargo en Aragón: requisitos y documentación necesaria

martes, 8 de junio de 2021

Estas ayudas tienen una vocación integradora en el caso de núcleos familiares de bajos recursos, con la salvaguarda de los derechos del menor como meta.

En la actual situación socioeconómica se han multiplicado las unidades familiares en situación de precariedad y, por desgracia, los primeros afectados suelen ser los menores. El Gobierno de Aragón contempla dentro de su programa de inclusión social la concesión de una serie de ayudas destinadas a la integración familiar, que se encarguen especialmente de cubrir las necesidades básicas de menores en situaciones de riesgo de exclusión. La meta es evitar medidas externas de protección o, en casos extremos, el internamiento de los menores en centros especializados. 

Además, en Aragón se abonan anualmente 83,2 millones de euros en cuanto a prestaciones directas para personas en situación de vulnerabilidad (entre el pago del IMV, el IAI, las Ayudas de Integración Familiar, el complemento a las pensiones no contributivas y las ayudas de urgente necesidad) y se destinan cerca de 15 millones, en forma de programas o subvenciones, a entidades que trabajan con colectivos en situación de vulnerabilidad. La consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto, detalló este lunes que se están abonan mensualmente 13.540 prestaciones directas a familias o personas a través del IMV, el IAI (que aún se sigue pagando) y las Ayudas de Integración Familiar. En concreto, están percibiendo el IMV 7.182 titulares y el IAI lo cobran 5.756 personas (2.547 de ellas reciben complemento del IMV), así que el total de nóminas es de 10.391, lo que sumado a las 3.149 Ayudas de Integración Familiar que se pagaron en el mes de mayo hacen el total mensual de 13.540 nóminas directas. 

Cómo solicitar las Ayudas de Integración Familiar (AIF) y los requisitos

Para solicitar estas ayudas hay que ser mayor de edad, o menor emancipado con al menos un menor a su cargo. También se debe acreditar el empadronamiento en un municipio de Aragón con residencia efectiva. Además, no se pueden superar los ingresos anuales que se especifican en el artículo 28 del Decreto 191/2017, de 28 de noviembre. Este supuesto son el doble del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en cómputo anual; actualmente, y en el supuesto de 14 pagas, esa cantidad sería de 7.908,60 euros.

Ese cómputo podría elevarse a dos veces y media en el scaso de familias numerosa, persona o Unidad de convivencia que ha sufrido violencia de género, personas afectadas por ejecución de hipoteca o desahucio, víctimas del terrorismo, unidades de convivencia con personas de discapacidad igual o superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que imposibilite el trabajo, unidad de convivencia con un deudor hipotecario que se encuentre en situación de desempleo y haya agotado la prestación por desempleo, unidad de convivencia con una persona deudora hipotecaria mayor de 60 años o afectados por situaciones catastróficas. Excepcionalmente, en el caso de que la unidad de convivencia supere los umbrales económicos, podrá concederse la prestación siempre que el profesional de referencia lo estime imprescindible para garantizar el arraigo convivencial del menor a cargo.

Documentación necesaria para pedir las Ayudas de Integración Familiar

Para la solicitud hay que aportar siempre los siguientes documentos:

  • Certificado de empadronamiento actualizado de la unidad familiar. Debe coincidir con quienes consten en la solicitud y con los que realmente residan en el domicilio.
  • Fotocopia completa del libro de familia o partida de nacimiento en el caso de extranjeros.
  • Relación de miembros de la unidad familiar con indicación de datos de parentesco.
  • Autorización a la consulta de datos y firma de la solicitud

Plazos y dónde pedir las Ayudas de Integración Familiar en Aragón

La solicitud de esta ayuda puede presentarse en la Dirección Provincial del IASS ó en los Servicios Sociales de Base de la localidad. La ayuda puede ser periódica hasta un plazo máximo de dos años, o bien coyuntural. Los beneficiarios tienen una serie de obligaciones.

Derechos y obligaciones de los beneficiados

Las personas beneficiarias de las ayudas de apoyo a la integración familiar de carácter periódico estarán sujetas a las siguientes obligaciones:

  • Reclamar durante todo el periodo de duración de la prestación, cualquier derecho y ejercitar las acciones pertinentes para el cobro de aquellos créditos que pudieran corresponder a cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia y de los que tenga conocimiento en virtud de título legal o convencional, siempre que el ejercicio de estos derechos no ponga en riesgo la integridad física de cualquier miembro de la unidad familiar.
  • Escolarizar y poner los medios para garantizar la asistencia efectiva de las personas menores de edad que se encuentren a su cargo.
  • Comunicar al Centro de Servicios Sociales, en el plazo máximo de quince días desde que se produzcan, las circunstancias sobrevenidas de carácter económico o familiar que, de conformidad con lo dispuesto en el presente decreto, pudieran dar lugar a la modificación, suspensión o extinción del derecho a la prestación.
  • Comunicar al Centro de Servicios Sociales, en el plazo máximo de quince días, cualquier cambio relativo al domicilio de residencia habitual de la unidad de convivencia.
  • Mantener el empadronamiento y la residencia efectiva en un municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el tiempo que dure la prestación.
  • Suscribir un programa de atención social y cumplir sus condiciones.
  • Se podrá solicitar también documentación no especificada, pero que se considere necesaria para la resolución de la solicitud.

Consulta otras ayudas económicas.


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